5 técnicas sencillas para la registro de marcas

Registrar una marca en Paraguay es un proceso fundamental para proteger la identidad y reputación de tu negocio. La marca es individualidad de los activos más importantes de una empresa y su registro asegura que nadie más pueda usarla de forma indebida ni aprovecharse de su prestigio.

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Artículo 72.- El nombre comercial podrá estar constituido por la designación, el nombre del comerciante, la razón social o denominación social adoptada, la enseña o la sigla usada legalmente en relación a una determinada actividad comercial, y constituye una propiedad a los posesiones de esta índole.

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La solicitud debe incluir información sobre el solicitante, la marca que se desea registrar y los productos o servicios a los que se aplicará la marca.

Estas marcas parecidas son un impedimento para el registro de una marca por lo que recomendamos contratar un informe previo completo a un profesional podéis encontrar más información sobre el mensaje previo al registro de una marca en Paraguay.

Artículo 35.- Serán nulas las cláusulas del acuerdo de osadía de uso que importen para el licenciatario restricciones que no sean las propias de los derechos emergentes del registro de la marca.

Asimismo, el registro permite a la empresa diferenciarse en el mercado y construir una imagen sólida en presencia de sus clientes.

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b) las falsas descripciones de los productos o servicios por el empleo de palabras, símbolos y otros medios que tiendan a inducir a engaño al manifiesto con respecto a la naturaleza, calidad o utilidad de los mismos;

b) por medios fraudulentos o por quien no tenía derecho a obtenerlo, o en perjuicio de quien tuviera mejor derecho.

Artículo 46.- La oposición al registro de una marca deberá deducirse en escrito fundado delante la Dirección de la Propiedad Industrial, hasta el vencimiento del plazo de sesenta díVencedor hábiles, computado a partir del primer día hábil siguiente al de la última publicación.

Artículo 47.- De la competición deducida se pasará traslado, notificando por cédula al solicitante o a su agente por un plazo de dieciocho díGanador hábiles para contestarla. Si hubiera hechos que probar se destapará la causa a prueba por cuarenta díTriunfador hábiles,  plazo que iniciará a pasar a partir de la notificación por cédula a las partes.

Artículo 73.- El nombre comercial deberá diferenciarse suficientemente de cualquier otro nombre acogido o usado precedentemente por otra persona que desarrolle click here la misma o similar actividad económica.

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